El Tribunal de Casación: "El cannabis light es legal y se puede fumar" El Tribunal Supremo ha aclarado en una sentencia que si el cultivo de cannabis con un porcentaje de THC de hasta el 0,6% es legal y los usos alimentarios y cosméticos son lícitos, entonces " no están prohibidos otros usos no mencionados "
Si es legal vender, es legal usar . Este es el principio expresado por la Corte de Casación, que intervino en una sentencia sobre la cuestión del cannabis light, anulando el embargo preventivo de un estanco de Civitanova Marche.
El tema de la sentencia del Tribunal Supremo es el cannabis “Light”, llamado así porque contiene un porcentaje de THC (es decir, la parte psicotrópica) dentro del 0,6%, mientras que con una tasa variable de CBD (este no produce el típico “subidón”, sino que solo tiene efectos beneficiosos) cuyo cultivo está permitido. "Es evidente -escribe el Tribunal- que está permitida la comercialización de los productos de cáñamo que son objeto de la ayuda". Y en consecuencia, añade el Tribunal Supremo, incluso si la ley menciona explícitamente los usos alimentarios y cosméticos, la referencia " no implica que otros usos no mencionados estén en sí mismos prohibidos ", como el de fumar.
La sentencia va en sentido contrario a otra de la misma Corte, que había precisado que la ley 242 de 2016 (sobre el cultivo y la cadena de suministro agroindustrial del cáñamo), a la que se refiere, no legaliza en absoluto la comercialización de marihuana y hachís con bajo ingrediente activo. El Tribunal Supremo precisa ahora que en el caso de un porcentaje de THC inferior al 0,6%, la sustancia no se considera " como productora de efectos narcóticos legalmente relevantes ", y por tanto su venta es legal .
La sentencia llega en un momento en el que los controles y las correspondientes incautaciones son cada vez más rigurosos, con muy poca protección para quienes realizan esta actividad en pleno cumplimiento de la (poco clara) legislación vigente, y para todos los usuarios que hacen uso de ella.
Ya veremos ;)